El Tribunal Supremo israelí admite como válidas las conversiones no ortodoxas realizadas fuera de Israel.
31/3/2005
El Tribunal Supremo israelí accedió hoy a reconocer las conversiones no ortodoxas al Judaísmo realizadas parcialmente en Israel, dando una victoria limitada a los movimientos Reforma y Judíos Conservadores, que habían sido marginados por el sistema religioso del país.
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Bajo la práctica actual, Israel sólo reconoce las conversiones realizadas por rabinos ortodoxos dentro de Israel, aunque las personas convertidas por rabinos no ortodoxos fuera del país también son suscepcibles de lograr la ciudadanía bajo la 'Ley de Retorno' israelí.
El Tribunal dictó sentnecia en un caso iniciado en 1999 por 17 extranjeros que estudiaban para su conversión en Israel, pero que celebraron las ceremonias fuera del país para intentar evitar las limitaciones. Las autoridades israelíes objetaron sus conversiones, diciendo que la Ley de Retorno no se aplica a los extranjeros que ya viven en Israel.
La sentencia de hoy acepta las conversiones, garantizando el reconocimiento legal de aquellos que estudian para su conversión en Israel, pero realizan el proceso actual de conversión en el extranjero. El Tribunal sin embargo no dictaminó si aquellos que completan sus conversiones en Israel serán reconocidos como judíos.
"Es una victoria parcial", señaló el rabino Ehud Bandel, presidente de Masorti, o Convervadores, un movimiento israelí. Bandel esperaba que el Tribunal diera carta blanca para el reconocimiento de todas las conversiones no ortodoxas realizadas en Israel, si bien ninguno de los demandantes se había convertido en Israel.
Por su parte, estos se mostraron muy satisfecho y consideraron que el Tribunal había erosionado el monopolio ortodoxo sobre las conversiones. "Es un gran sentencia. Por una parte, todos los demandantes han recibido el estatus de nuevos inmigrantes, un estatus por el que han estado esperando más de 8 años", señaló Nicole Maor, abogado de los demandantes, a la radio israelí.
"Y por otra parte, aunque está limitiado a las conversiones en el extranjero, el tribunal sentenció con énfasis que el Gobierno no puede crear un monopolio sobre las conversiones aquí. Si quieren un monopolio para las conversiones ortodoxas, tienen que legislar sobre ello", añadió.